Gestión de apartamentos turísticos>Legislación

Emilio

12/2/2024

Tasa turística: ¿estamos obligados a recaudarla?

Ser anfitrión de una vivienda turística tiene muchas ventajas, pero no te vamos a negar que en alguna ocasión puede ser algo engorroso. Por ejemplo, en algunas ciudades vas a tener que lidiar con… ¡la temible tasa turística! Pero no te asustes, vamos a explicarte cómo funciona para que la puedas liquidar de forma sencilla.

[toc]

¿Qué es la tasa turística?

Es un impuesto, ni más ni menos. Se trata de la cuantía que tiene que pagar cada turista por la pernoctación en una ciudad.

Eso sí, nos queda el consuelo de saber que ese dinero recaudado va a ir destinado a adoptar medidas de preservación y conservación de la ciudad, su patrimonio, sus infraestructuras, etc. (o eso nos dicen).

La verdad es que si eres anfitrión esto interesa, ya que cuanto mejor conservada esté tu ciudad más atractiva resultará para los turistas, y eso es sinónimo de más reservas en tu alojamiento.

https://www.youtube.com/watch?v=ROVsjgEJf7g

¿Qué ciudades cobran esta tasa?

La tasa turística de Barcelona [puedes encontrar toda la legislación en la web de la Generalitat] está entre las más conocidas, quizá por ser una de las primeras ciudades españolas en implantarla. Pero ya no está sola, otras localidades se han sumado a la tendencia de cobrarles impuestos a los turistas. De hecho, actualmente tenemos tasa turística en Cataluña y tasa turística en Baleares.

¿Tienes un alojamiento turístico? Desconocer la ley no te exime de cumplirla. Echa un vistazo a nuestro centro de legislación sobre vivienda turística.

¿Tengo que recaudar la tasa turística en mi apartamento de alquiler vacacional?

Sí, tienes que hacerlo. Los precios pueden ir variando de año en año, pero los actuales están así:

  • En Mallorca, Ibiza, Formentera y Menorca se paga una tasa turística que en residencias vacacionales es de 2 € por persona y noche.
  • En Barcelona la tasa es de 2,25 € por persona y noche.
  • En el resto de Cataluña la tasa es de 0,90 € por persona y noche. Teniendo en cuenta que los menores de 16 años no pagan la tasa y el límite es de 7 días.

¿Cómo hacer la recaudación?

Semestralmente tienes que presentar en Hacienda el Modelo 950 para liquidar la tasa turística de los visitantes que tu vivienda haya recibido en los últimos meses. Lo bueno es que hoy en día lo puedes hacer online y pagar con tarjeta de crédito, así que es un trámite rápido y sencillo. Lo único que debes tener en cuenta es que no se te pase el plazo de declaración.

Pero para poder pagar la tasa primero debes habérsela cobrado a tus clientes. Aquí tienes dos opciones:

  • Promocionas tu vivienda indicando que el precio no incluye la tasa turística y cobras la misma una vez que tus huéspedes hayan llegado.
  • Publicitas tu vivienda vacacional señalando que el precio ya incluye la tasa turística. De esta forma, el cliente paga la tasa al hacer su reserva.

Aquí, la tecnología viene nuevamente en tu ayuda y ya puedes encontrar muchas plataformas de gestión de apartamentos vacacionales u OTAs que te ayudan con el cobro y liquidación de esta tasa. Así no tienes que preocuparte por nada.

Ya lo has visto, la tasa turística no es tan complicada de gestionar como parece a simple vista. ¡No le tengas miedo!

¿Te ha gustado este post sobre la tasa turística en España? Puedes suscribirte a la newsletter completando el formulario de abajo. Recibirás un correo semanal con consejos prácticos para aumentar la productividad de tu negocio.